Procedimiento monitorio
La vía judicial rápida sin cuantía máxima
Ver detalle →La vía más rápida cuando el deudor es localizable y existe interlocución. Un burofax certificado bien redactado puede resolver el cobro en días, evitando los meses de un procedimiento judicial.
La reclamación extrajudicial es el paso previo natural a cualquier procedimiento judicial. En muchas ocasiones, basta con que el acreedor formalice su reclamación por un canal con valor probatorio (burofax certificado con acuse de recibo y certificación de contenido) para que el deudor pague o, al menos, abra una negociación.
Es la vía apropiada cuando:
El burofax certificado con acuse de recibo y certificación de contenido es la prueba documental fehaciente preferida por los Juzgados. Cumple tres funciones esenciales:
| Función | Efecto jurídico |
|---|---|
| Interrumpir prescripción | Reinicia el cómputo del plazo de prescripción (art. 1973 CC). Esencial en deudas próximas a los 5 años. |
| Constituir en mora | Activa el devengo de intereses de demora cuando no se hayan pactado expresamente (art. 1100 CC). |
| Acreditar reclamación | Demuestra que se ha intentado solución amistosa, lo que se valora positivamente en costas (art. 394 LEC) y en MASC. |
Desde marzo de 2025, los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) son requisito de procedibilidad para la admisión de demandas civiles de reclamación de cantidad. El burofax acreditando reclamación previa es elemento clave para acreditar el cumplimiento del MASC.
Una reclamación extrajudicial bien gestionada se resuelve en 2-4 semanas. El presupuesto se fija en función de la complejidad documental y el importe de la deuda, sin honorarios por hora.
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